Segunda oportunidad
¿Qué es Segunda Oportunidad?
Es un procedimiento legal pensado para particulares y autónomos que atraviesan una situación difícil y no pueden hacer frente a sus obligaciones. Su objetivo es ofrecer una nueva oportunidad personal y profesional, permitiendo reordenar y, en determinados casos, cancelar parte de esas obligaciones para reiniciar la vida con un marco jurídico claro y seguro.
Revisamos tu caso en detalle, estudiamos tus obligaciones pendientes, tus ingresos y tu patrimonio, y te explicamos de forma clara qué opciones ofrece la Segunda Oportunidad antes de iniciar cualquier trámite.
Siempre que sea posible, intentamos alcanzar acuerdos con las personas o entidades a las que debes responder para ponerte al día, ajustar calendarios o resolver situaciones abiertas de forma pactada. Si no puede alcanzarse un acuerdo, se continúa con la fase judicial prevista por la ley.
En determinados supuestos, un juez puede aprobar la exoneración total o parcial de obligaciones, dentro de los límites establecidos por la ley. Esto permite cerrar una etapa y comenzar una nueva fase sin la presión de reclamaciones constantes.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede acogerse a la Segunda Oportunidad?
Pueden acogerse particulares y autónomos que se encuentren en situación complicada y que actúen de buena fe. Esto implica no haber ocultado bienes, no haber sido condenado por delitos económicos recientes y cumplir una serie de requisitos establecidos legalmente.
¿Qué requisitos se exigen para poder acogerse?
- Ser persona física o autónomo.
- Estar en situación de insolvencia actual o inminente.
- Tener al menos dos acreedores o varias obligaciones pendientes.
- Actuar de buena fe.
- Residir en España o estar sujeto al marco legal español.
¿Qué obligaciones pueden verse afectadas por el procedimiento?
El procedimiento puede permitir la exoneración, total o parcial, de ciertas obligaciones con entidades privadas o administraciones públicas, siempre dentro de los límites que fija la ley.
Algunas obligaciones, como pensiones, multas o responsabilidades derivadas de delitos, no pueden quedar exoneradas.
¿Qué sucede con mi vivienda habitual o mi vehículo?
Depende del caso. En muchos procedimientos se puede proteger la vivienda habitual si cumple ciertas condiciones.
El vehículo u otros bienes pueden verse afectados según si forman parte de la masa activa o del plan de pagos aprobado por el juez.
¿Cuánto tiempo dura el procedimiento?
La duración varía según la complejidad del caso, la existencia de bienes que liquidar y la carga del juzgado.
Puede abarcar desde varios meses hasta uno o dos años.
¿Cuánto cuesta acogerse a esta ley?
Los costes dependen de la complejidad del caso, del número de obligaciones a analizar, de las actuaciones necesarias y de los profesionales que intervengan.
En algunos casos es posible solicitar asistencia jurídica gratuita.
¿Qué ocurre si no cumplo el plan de pagos o no actúo de buena fe?
Si no se cumple el plan de pagos, el beneficio de exoneración puede revocarse y los acreedores pueden volver a reclamar.
Si se demuestra que no se actuó de buena fe, la exoneración no será concedida.
¿Se detienen las reclamaciones y procedimientos en curso automáticamente?
No de forma automática.
El inicio del procedimiento permite solicitar la paralización de ciertas ejecuciones, pero depende de la resolución del juzgado y del tipo de procedimiento.
¿Puedo volver a emprender o acceder a financiación después?
Sí. La finalidad de la ley es dar un nuevo comienzo.
Una vez completado el procedimiento, puedes volver a emprender o iniciar proyectos, aunque es posible que durante un tiempo debas reconstruir tu historial financiero.